El tipo al que no le gustaban los musicales
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El Tribunal Supremo, en su sentencia número 308/2022, de 5 de abril, ha declarado nula la exigencia de que para percibir un bonus o retribución variable el trabajador deba permanecer dado de alta en la Seguridad Social de la empresa. Así, el Tribunal Supremo ha considerado abusivo este requisito porque sólo depende de la voluntad del empresario y no del trabajador. Además, este tipo de práctica puede suponer un enriquecimiento injusto para la empresa en aquellas situaciones en las que la extinción de la relación laboral se produce después de que el trabajador haya alcanzado los objetivos exigidos para la percepción de un bonus, pero antes de la fecha de pago del mismo.
Por otra parte, las empresas que no estén obligadas a implantar un plan de igualdad (por tener una plantilla inferior a 50 trabajadores) pero decidan hacerlo voluntariamente, como mejora para sus empleados, también deberán hacerlo cumpliendo los requisitos establecidos por la citada norma.
Al margen de lo dispuesto en esta sentencia, la cuestión que queda por resolver es ¿qué ocurre si una empresa convoca a los sindicatos a participar en la negociación y transcurre el tiempo establecido por la ley sin que éstos respondan a la petición de la empresa? Si se diera esta situación (y dependiendo de cada caso concreto) para poder poner en marcha un plan de igualdad en una empresa que beneficie a los trabajadores, se podría nombrar una comisión ad-hoc, teniendo en cuenta que la aprobación del plan de igualdad podría ser impugnada por los sindicatos una vez aprobado y registrado.
La historia de los veteranos estadounidenses
En materia energética, el RD-Ley 18/2022 incluye medidas dirigidas a: (i) el fomento de los gases renovables y la digitalización; (ii) la promoción del autoconsumo; (iii) la inyección rápida de energía en la red; (iv) la simplificación administrativa para las instalaciones de producción de energía eléctrica; y (v) la protección de los consumidores de gas y electricidad.
El RD-Ley 18/2022 modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (“LSH”), excluyendo las líneas directas destinadas al suministro exclusivo de un consumidor (mediante el establecimiento de una conexión directa a la red de transporte) de la planificación hidrocarburífera y de la aplicación de las disposiciones sobre expropiación y servidumbres previstas en la LSH, al no ser declaradas de utilidad pública.
Por el contrario, las líneas de conexión directa desde una planta de producción de gas renovable para inyección de gas al sistema gasista se declaran de utilidad pública y quedan excluidas de la planificación de hidrocarburos.
La declaración de utilidad pública se extiende a todas las instalaciones destinadas al suministro a los usuarios de combustibles gaseosos a través de gasoductos. Se amplía así la disposición anterior que limitaba dicha declaración únicamente a las instalaciones de transporte y distribución de gas natural por canalización y sus instalaciones auxiliares.
En 2017, se aprobó a través del Real Decreto 897 / 2017 el bono social eléctrico, que supone un descuento en la factura de la luz para los consumidores que cumplan los requisitos para ser considerados vulnerables.
A través del Real Decreto-ley 2/2022, de 22 de febrero, por el que se amplían las medidas de protección social frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, se amplían las siguientes medidas de protección para los consumidores que tengan reconocida la condición de vulnerables:
Si se quiere acreditar la condición de consumidor vulnerable Ante las compañías suministradoras de gas natural y agua, bastará con presentar la última factura eléctrica en la que se refleje la percepción del bono social.
En el caso de que haya pasado y hayas agotado el plazo para renovarlo, podrás volver a solicitarlo siempre que cumplas los requisitos de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Este bono social extraordinario beneficia a todos los consumidores que cumplan los requisitos que detallaremos a continuación y presenten la documentación junto con una declaración responsable ante la comercializadora de referencia. Podrán beneficiarse de la condición de consumidor vulnerable y del bono social hasta el próximo 30 de junio de 2022. En el caso de que su situación cambie, estarán obligados a comunicarlo a la comercializadora de referencia en el plazo de un mes.
AmpleFocus
Desde principios de 2021, los precios mundiales del petróleo se han duplicado, los del carbón casi se han cuadruplicado y los del gas natural en Europa casi se han multiplicado por siete. La escalada de la inflación ha desencadenado una crisis del coste de la vida en toda Europa, y los gobiernos están interviniendo para tratar de proteger a los hogares y las empresas de sus efectos.
En la mayoría de los países europeos, la subida de los precios de la energía impone una carga aún mayor a los hogares de renta baja, porque gastan una parte mayor de su presupuesto en electricidad y gas. Un documento de trabajo del FMI calculó la divergencia en el impacto distributivo de los precios más altos entre países y grupos de renta y muestra que en la mayoría de los Estados miembros de la UE el aumento del coste de la vida debido a los precios más altos de la energía es significativamente mayor para el 20% más pobre de la población que para el 20% más rico. Estonia es el caso más extremo, donde en 2022 este aumento previsto del coste de la vida para el 20% más pobre sería del 25%, mientras que para el 20% más rico sólo sería del 14%. Italia, Bélgica, Países Bajos, Portugal y España registran aumentos del coste de la vida superiores al 50% para los pobres que para los ricos. Austria, Francia, Alemania, Dinamarca y Suecia muestran sólo un impacto moderadamente mayor en los pobres, mientras que en dos Estados miembros, Bulgaria y Rumanía, se espera que los pobres se vean menos afectados que los ricos.