Ventajas y desventajas del pago en lugar de impuestos
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Los pagos en lugar de impuestos (PILT) son pagos federales a los gobiernos locales para ayudar a compensar las pérdidas en los impuestos sobre la propiedad debido a la existencia de tierras federales no imponibles dentro de sus límites. La ley original es la Ley Pública 94-565, del 20 de octubre de 1976. Esta ley fue reescrita y modificada por la Ley Pública 97-258 el 13 de septiembre de 1982, y codificada en el Capítulo 69 del Título 31 del Código de los Estados Unidos. La ley reconoce el impacto financiero de la incapacidad de los gobiernos locales para recaudar los impuestos sobre la propiedad de los terrenos de propiedad federal.
Los pagos PILT ayudan a los gobiernos locales a llevar a cabo servicios vitales como la protección de los bomberos y la policía, la construcción de escuelas y carreteras públicas y las operaciones de búsqueda y rescate. Los pagos PILT se efectúan anualmente para los terrenos federales exentos de impuestos administrados por los organismos del Departamento del Interior, como la Oficina de Gestión de Tierras, el Servicio de Parques Nacionales, el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos y la Oficina de Reclamación. Además, los pagos PILT cubren los terrenos federales administrados por el Servicio Forestal de Estados Unidos, el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de Estados Unidos y la Comisión de Mitigación y Conservación de Utah. Los pagos PILT son una de las formas en que el Gobierno Federal puede cumplir su papel de buen vecino de las comunidades locales.
Pago en lugar de impuestos en California
Un pago en lugar de impuestos (normalmente abreviado como PILOT, o a veces como PILT[1]) es un pago realizado para compensar a un gobierno por una parte o la totalidad de los ingresos por impuestos sobre la propiedad perdidos debido a la exención de impuestos sobre la propiedad o el uso de bienes inmuebles.
Los pagos en lugar de impuestos para las organizaciones sin ánimo de lucro son voluntarios. Sin embargo, algunas ciudades quieren que esto cambie[5][6]. El problema es la gran cantidad de terrenos que poseen universidades, hospitales, iglesias y otras organizaciones sin ánimo de lucro. El estatus de exención fiscal concedido a estas entidades por el IRS significa que no se recaudan los impuestos sobre la propiedad que se habrían pagado a los municipios si estos terrenos fueran propiedad de particulares o empresas.
Según un informe de 2010 del Lincoln Institute of Land Policy,[7] entre 2000 y 2010 se utilizaron los PILOT en al menos 18 estados. Diecisiete de esos estados cuentan con 35 ciudades y pueblos con PILOT. Además, 82 de un total de 351 municipios de Massachusetts han cobrado PILOT (Departamento de Hacienda de Massachusetts 2003). Un mapa de este informe revela también que, aunque estos 18 estados se encuentran repartidos por todo el país, la gran mayoría de esta actividad parece concentrarse en el noreste.
Ejemplos de pagos en lugar de impuestos
Respuesta: A partir del 1 de noviembre de 2020, los receptores de la subvención y los subreceptores deben hacer todo lo posible para prestar servicios a distancia o, cuando sea factible y se ajuste a las leyes estatales y locales, en persona. Cualquier permiso pagado al personal más allá de este tiempo debe ser aprobado por el Oficial de Subvenciones.
Respuesta: Si el compromiso de tiempo del participante en el programa, la estructura de estipendios y/u otros términos académicos o de trabajo se establecieron antes de la declaración de emergencia sanitaria nacional, los beneficiarios deben continuar pagando al participante por el resto del término establecido.
Respuesta: No. Cualquier permiso remunerado relacionado con la pandemia debe imputarse al contrato con el que se paga al empleado. Si un concesionario tiene un contrato con un subreceptor y los empleados del subreceptor reciben una licencia por enfermedad o licencia familiar, el costo debe ser facturado y cargado al contrato del subreceptor.
Respuesta: No. Al comienzo de la pandemia, ETA permitía a los beneficiarios continuar pagando a los participantes del título I de la WIOA por la experiencia laboral (por ejemplo, empleo subsidiado, capacitación en el trabajo o pasantías pagas) incluso si esa experiencia laboral se reducía, siempre y cuando el compromiso de tiempo del participante del programa, la estructura del estipendio y/u otros términos académicos o laborales se establecieran antes de la declaración de emergencia sanitaria nacional, y sólo por el tiempo restante del término establecido. Los beneficiarios del título I de la WIOA ya han tenido tiempo de cambiar las estrategias de servicio, y la mayoría de los participantes ya no están trabajando bajo los términos establecidos antes de la pandemia. Por lo tanto, los beneficiarios sólo pueden pagar a los participantes por la experiencia laboral cuando están realmente en una experiencia laboral virtual, remota o en persona.
Pago en lugar de impuestos (piloto)
250(4) Una política de obras privadas debe establecer las tasas o cargos, o el método de fijación de las tasas o cargos, que se cobrarán por la obra privada antes de que se realicen las obras privadas en la propiedad privada.
251.1 El consejo de un municipio debe establecer una política de licitación y contratación pública con respecto a la adquisición de bienes o servicios por parte del municipio mediante compra, alquiler con opción a compra, arrendamiento, alquiler u otro acuerdo, que puede
(b) prever un derecho de entrada en la propiedad privada para determinar el cumplimiento de otros términos y condiciones, para determinar el importe de los depósitos, tasas u otros cargos, o para desconectar un servicio; y
253(1) La facultad de un municipio mencionada en la cláusula 250(2)(d) para celebrar acuerdos incluye la facultad de celebrar acuerdos relativos a terrenos, mejoras, bienes muebles, obras, servicios, instalaciones, servicios públicos u obras privadas dentro o fuera de los límites del municipio.
254(1) Un municipio puede, mediante expropiación de acuerdo con la Ley de Expropiación, adquirir terrenos y mejoras que el consejo considere necesario o aconsejable adquirir para un propósito municipal.