Derecho de retracto de colindantes en fincas urbanas

Ley de medianería, etc., de 1996

Esta publicación está autorizada bajo los términos de la Open Government Licence v3.0, salvo que se indique lo contrario. Para ver esta licencia, visite nationalarchives.gov.uk/doc/open-government-licence/version/3 o escriba al Information Policy Team, The National Archives, Kew, London TW9 4DU, o envíe un correo electrónico a: [email protected].

Su objetivo es explicar en términos sencillos cómo la Party Wall etc. Act 1996 (“la Ley”) puede afectar a alguien que desea realizar obras cubiertas por la Ley (el “Propietario del edificio”) o que recibe una notificación en virtud de la Ley de las obras adyacentes propuestas (el “Propietario colindante”).

Debe recordar que llegar a un acuerdo con el propietario o propietarios colindantes en virtud de la Ley no elimina la posible necesidad de solicitar una licencia de obras y/o de cumplir con los procedimientos de la normativa de construcción. A la inversa, la obtención de la licencia de obras o el cumplimiento de las normas de construcción no elimina la necesidad de cumplir con la Ley cuando ésta sea aplicable.

Cualquiera que pretenda realizar obras (en cualquier lugar de Inglaterra y Gales) de los tipos descritos en la Ley debe notificar sus intenciones a los propietarios colindantes. La Ley se aplica incluso a las propiedades de la Corona, el gobierno y las autoridades locales.

Ley de medianería del Reino Unido

En general, como propietario, tiene derecho a impedir que otros entren o utilicen su propiedad. También tiene derecho a impedir que otros reclamen un interés en su propiedad. Sin embargo, hay ciertas situaciones en las que usted tiene derechos más limitados y sólo un interés parcial en su propiedad, como cuando existe un “gravamen” sobre la misma.

  Cumplimiento de un deber derecho penal

Un ejemplo de gravamen es un derecho o interés en su propiedad inmobiliaria que está en manos de otra persona, empresa o banco.    A efectos de este artículo, llamaremos parte interesada a la persona, empresa o banco que tiene un gravamen.    Si existe un gravamen sobre su propiedad, es posible que usted no tenga la libertad de excluir completamente a la parte interesada de las decisiones relativas a su propiedad. Hay dos tipos de gravámenes:

Servidumbre: una servidumbre es un derecho que tiene una persona interesada para utilizar su terreno de una manera determinada, a pesar de no tener un interés de propiedad en su propiedad.  Las servidumbres tienen ciertas restricciones, y esas restricciones están escritas en sus términos.  Por lo general, las servidumbres se otorgan mediante un acuerdo escrito, pero también pueden crearse por efecto de la ley.  Las servidumbres creadas por una concesión se preparan con las mismas formalidades requeridas para una escritura. En la mayoría de los casos, Nueva York no exige una contraprestación (pago de dinero) a cambio de la concesión de una servidumbre. A veces, basta con una declaración escrita del valor recibido firmada por el cesionario.

Derecho de exclusión de la propiedad

Sí, es posible y recomendable que una ciudad “predesigne” o “prezonee” una futura zona de anexión. Para las ciudades con código, la autoridad se encuentra en el RCW 35A.14.330 y para las ciudades y pueblos de primera y segunda clase, en el RCW 35.13.177.

  Derecho adquirido turno fijo

Sí, una ciudad puede exigir a un propietario que firme un acuerdo de “no protesta” o “preanexión” en el que el propietario acepta la futura anexión como condición para recibir los servicios públicos de la ciudad. El Tribunal Supremo del Estado confirmó la validez de estos acuerdos en el caso del Distrito de Protección contra Incendios del Condado de Yakima (West Valley) contra Yakima (1993).

No, las anexiones no están sujetas a la revisión de la Ley Estatal de Protección del Medio Ambiente (SEPA) (RCW 43.21C.222). Sin embargo, las decisiones de planificación y zonificación tomadas junto con una anexión están sujetas a la revisión de la SEPA.

No, una ciudad no puede anexionar terrenos situados fuera de su zona de crecimiento urbano (UGA) (RCW 35.13.005; 35A.14.005). Los estatutos no hacen ninguna excepción para las anexiones con fines municipales (aunque puede haber razones políticas válidas para excluir dichas anexiones de esta prohibición).

Leyes de servidumbre del estado de Nueva York

Usted debe ser un individuo para utilizar las demandas de menor cuantía. Las corporaciones, sociedades, asociaciones o cesionarios no pueden interponer acciones en Reclamaciones de Menor Cuantía (ver Reclamaciones Comerciales si usted es una corporación, sociedad o asociación).

Aunque un demandado puede renunciar a la defensa de falta de jurisdicción personal, en general, usted debe presentar la acción 1) en el lugar donde reside el demandado, 2) en el lugar donde el demandado hace negocios en ese momento o tiene un empleo regular, o 3) en el lugar donde usted está/estuvo alquilando una propiedad real (SÓLO si el demandado es dueño de la propiedad y su reclamo está relacionado con su arrendamiento o alquiler).

  Examenes derecho upf

Para que el Tribunal pueda notificar su petición al demandado(s), usted debe poder proporcionar una dirección dentro del condado de Tompkins donde el demandado pueda ser notificado. Si su reclamo está relacionado con su inquilinato o contrato de arrendamiento, la dirección puede ser donde usted entrega su renta en el condado de Tompkins o en un condado adyacente (si el demandado no vive o trabaja/tiene un lugar de trabajo dentro del condado de Tompkins o si usted no sabe dónde vive o trabaja) pero SÓLO si el demandado es dueño de la propiedad que usted está/estaba alquilando.

Esta web utiliza cookies propias para su correcto funcionamiento. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad