La regla de los terceros beneficiarios que ejecutan un acuerdo
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Las sociedades mercantiles en Guatemala se rigen por el Código de Comercio (Decreto del Congreso No. 2-70) del 28 de enero de 1970.El artículo 10 de este Código es específico con respecto al tipo de organización corporativa que se reconoce bajo la categoría de “Sociedad Mercantil”, por lo tanto la única considerada colectivamente como Comerciante según la Ley guatemalteca (Art. 3 del Código de Comercio): Sociedad Anónima El vehículo comercial más utilizado en Guatemala:
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Empresas conjuntas de terrenos y cuestiones relacionadas con los terrenos
Una empresa conjunta es una combinación de dos o más partes que buscan el desarrollo de una sola empresa o proyecto con fines de lucro, compartiendo los riesgos asociados a su desarrollo. Las partes de la empresa conjunta deben ser al menos una combinación de dos personas físicas o entidades.
La creación de una empresa conjunta es una cuestión de hechos específica de cada caso. Aunque no existe una definición legal de empresa conjunta, los tribunales de varios estados, como Nueva York, han reconocido que los siguientes son los elementos de este tipo de asociación:
Las empresas conjuntas se utilizan ampliamente para entrar en mercados extranjeros. Las entidades extranjeras forman empresas conjuntas con entidades nacionales ya presentes en los mercados en los que las entidades extranjeras desean entrar. Por ejemplo, la entidad extranjera puede aportar nuevas tecnologías o prácticas comerciales a la empresa conjunta, mientras que la entidad nacional ya tiene relaciones comerciales y los documentos gubernamentales necesarios en el país, además de estar arraigada en la industria nacional.
Su propiedad y sus derechos – La propiedad intelectual para los fundadores de startups
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Una empresa conjunta (JV) es una entidad comercial creada por dos o más partes, generalmente caracterizada por la propiedad compartida, los rendimientos y riesgos compartidos, y la gobernanza compartida. Las empresas suelen crear empresas conjuntas por una de estas cuatro razones: para acceder a un nuevo mercado, en particular a un mercado emergente; para ganar eficiencia de escala combinando activos y operaciones; para compartir el riesgo de grandes inversiones o proyectos; o para acceder a habilidades y capacidades[1] El trabajo de Reuer y Leiblein puso en duda la afirmación de que las empresas conjuntas minimizan el riesgo a la baja[2].
Según Gerard Baynham, de Water Street Partners, ha habido mucha prensa negativa sobre las empresas conjuntas, pero los datos objetivos indican que en realidad pueden superar a las filiales de propiedad y control total. Escribe: “De nuestro reciente análisis de los datos del Departamento de Comercio de EE.UU. (DOC), recogidos de más de 20.000 entidades, se desprende un relato diferente. Según los datos del DOC, las empresas conjuntas extranjeras de empresas estadounidenses obtuvieron un rendimiento medio de los activos (ROA) del 5,5%, mientras que las filiales de propiedad y control total de esas empresas (la gran mayoría de las cuales son de propiedad total) obtuvieron un ROA ligeramente inferior del 5,2%. Lo mismo ocurre con las inversiones de empresas extranjeras en Estados Unidos, pero la diferencia es más pronunciada. Las empresas conjuntas con sede en EE.UU. obtuvieron un ROA medio del 2,2%, mientras que las filiales de propiedad y control total en EE.UU. sólo obtuvieron un ROA del 0,7%”[3].
10 maneras de hacer un escuadrón y ofertas al por mayor jv | #61
Los contratos de empresa conjunta son cuando dos partes se unen en un acuerdo para un proyecto empresarial específico. El contrato describe las expectativas, obligaciones, términos y responsabilidades que se esperan de ambas partes durante el proyecto. En una joint venture, las dos empresas ya no actúan como dos entidades separadas, sino que funcionan como una asociación a efectos del contrato.
Hay múltiples razones por las que una empresa puede querer embarcarse en una empresa conjunta. Por ello, es conveniente contratar a un abogado para que revise el contrato. Algunas de las razones más comunes para formar una son:
Mientras que las empresas conjuntas son similares a las sociedades en muchos aspectos, una empresa conjunta es una colaboración en un objetivo o proyecto específico, y una sociedad es una estructura empresarial que dictará cómo tiene que operar en lo que respecta a la ley estatal y cómo se identificará a efectos fiscales.
La empresa conjunta será una sociedad temporal creada por un contrato, mientras que una sociedad establecida será permanente. Además, el alcance de la empresa conjunta se limitará a un proyecto o empresa específicos, mientras que una sociedad colectiva tendrá un alcance amplio.