Cómo evitar el conflicto de intereses en un bufete de abogados
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PASO 3 : Determine si los deberes que debe a los clientes actuales, a los antiguos clientes y a cualquier tercera persona pueden afectar a los deberes que debe a su cliente. Del mismo modo, determine si tiene algún interés personal que pueda afectar a los deberes que tiene para con su cliente.
PASO 4 : Determine si existe un riesgo sustancial de que su deber de lealtad hacia el cliente o la representación del cliente se vea materialmente y negativamente afectado por su propio interés o sus deberes hacia otro cliente (actual, anterior o conjunto) o una tercera persona. Si es así, existe un conflicto de intereses.
PASO 6 : Si no se le pide que represente a ambas partes de un litigio, determine si cree razonablemente que puede representar a cada cliente sin que ello tenga un efecto material adverso sobre los deberes debidos al otro cliente.
PASO 8 : Alternativamente, si cree razonablemente que puede representar a cada cliente sin tener un efecto material adverso en los deberes debidos al otro cliente, entonces puede actuar si hay consentimiento de todos los clientes afectados, que debe ser plenamente informado y voluntario después de la revelación.
Carta de conflicto de intereses del abogado
(a) El abogado no deberá representar a un cliente si la capacidad del abogado para considerar, recomendar o llevar a cabo un curso de acción en nombre del cliente se verá afectada negativamente por las responsabilidades del abogado hacia otro cliente o hacia una tercera persona, o por los propios intereses del abogado.
(c) El abogado no deberá representar a un cliente si la representación de ese cliente puede verse afectada negativamente por las responsabilidades del abogado hacia otro cliente o hacia una tercera persona, o por los propios intereses del abogado, a menos que
(2) El cliente dé su consentimiento después de la consulta. Cuando se lleve a cabo la representación de varios clientes en un mismo asunto, la consulta deberá incluir la explicación de las implicaciones de la representación común y las ventajas y riesgos que conlleva.
(d) Salvo lo exigido o permitido por la Regla 1.6, el abogado no debe utilizar la información relativa a la representación de un cliente en perjuicio de éste, a menos que el cliente que se vería perjudicado dé su consentimiento tras la consulta.
(e) Tal y como se utiliza en las Reglas 1.7 a 1.12, el término “asunto” incluye cualquier procedimiento judicial o de otro tipo, solicitud, petición de resolución u otra determinación, contrato, reclamación, controversia, investigación, cargo, acusación, arresto u otro asunto particular que implique a una parte específica.
Ejemplos de conflicto de intereses de un abogado de divorcios
El capítulo 3.4 del Código de Conducta Profesional aborda los diferentes tipos de situaciones de conflicto que pueden surgir en una relación entre abogado y cliente. Esencialmente, un conflicto de intereses prohíbe a un abogado hacer lo siguiente:
Usted puede presentar una queja ante el Colegio de Abogados, pero el Colegio sólo puede disciplinar al abogado si se encuentra en un conflicto de intereses; no podemos retirar al abogado de la representación de su cliente. Si cree que el abogado de la parte contraria está en conflicto de intereses, puede solicitar al tribunal la destitución del abogado. Puede consultar a un abogado para que le asesore.
La sección 3.4-10 del Código aconseja que un abogado que ha actuado para un cliente en un asunto no debe actuar luego contra el cliente (o contra las personas que estuvieron involucradas o asociadas con el cliente en ese asunto) en el mismo asunto o en cualquier otro relacionado, o adoptar una posición en la que el abogado pueda estar tentado, o parecer tentado, a infringir las secciones relativas a la información confidencial. Sin embargo, no es improcedente que el abogado actúe contra un antiguo cliente en un asunto nuevo e independiente que no tenga relación con ningún trabajo que el abogado haya realizado previamente para esa persona.
¿Puede un bufete de abogados representar a clientes contrarios
(2) la representación de uno o más clientes puede verse materialmente limitada por las responsabilidades del abogado con otro cliente, un antiguo cliente o un tercero, o por un interés personal del abogado.
[1] La lealtad y la independencia de criterio son elementos esenciales en la relación del abogado con su cliente. Los conflictos de intereses concurrentes pueden surgir de las responsabilidades del abogado con otro cliente, un antiguo cliente o una tercera persona, o de los propios intereses del abogado. Para las reglas específicas relativas a ciertos conflictos de intereses concurrentes, véase la regla 1.8. Para los conflictos de intereses de antiguos clientes, véase la regla 1.9. Para los conflictos de intereses relacionados con clientes potenciales, véase la Regla 1.18. Para las definiciones de “consentimiento informado” y “confirmado por escrito”, véase la Norma 1.0(f) y (c).
[2] La resolución de un problema de conflicto de intereses según esta Regla requiere que el abogado 1) identificar claramente al cliente o clientes; 2) determinar si existe un conflicto de intereses; 3) decidir si la representación puede llevarse a cabo a pesar de la existencia de un conflicto, es decir, si el conflicto es consentible; y 4) en caso afirmativo, consultar con los clientes afectados según el párrafo (a) y obtener su consentimiento informado, confirmado por escrito. Los clientes afectados en virtud del párrafo (a) incluyen tanto a los clientes mencionados en el párrafo (a)(1) como a uno o más clientes cuya representación podría verse materialmente limitada en virtud del párrafo (a)(2).