El Espectador
El presidente del Senado había pedido medidas cautelares para que se dejara sin efecto la decisión de la Cámara de negar las objeciones presidenciales.
El Consejo Superior de la Judicatura, desde su sala disciplinaria en la seccional Bogotá, declaró como improcedente, a través de un fallo conocido el miércoles, la tutela que el presidente del Senado, Ernesto Macías, había radicado en semanas atrás en contra del Alejandro Carlos Chacón, presidente de la Cámara de Representantes, al considerar que la votación a las objeciones a la JEP en esa última corporación estaba viciada porque esta se debía votar primero en el Senado.
“Declarar improcedente la tutela de los derechos invocados por el señor Ernesto Macías Tovar, presidente del Congreso, contra Alejandro Carlos Chacón, presidente de la Cámara”, se lee en la decisión.
En la acción interpuesta por Macías se sostenía que el trámite legislativo en la Cámara se había surtido de manera irregular y que esta corporación “desconoció el debido proceso constitucional previsto para el trámite de las leyes”. Según los argumentos e la tutela presentada por el presidente del Senado, correspondía dar trámite a las objeciones presidenciales en la cámara de origen, es decir, en Senado, primero que todo.
Para senador, al dar trámite a las objeciones presidenciales antes que en Senado, la Cámara “desconoció” lo que ordena la Constitución en cuanto al procedimiento para abordar los reparos que el presidente Iván Duque les hizo a seis artículos de la ley estatutaria de la JEP.
En ese sentido, Macías pidió al Consejo Superior de la Judicatura una medida cautelar que dejara sin efectos la decisión de la Cámara de negar las objeciones presidenciales hasta tanto el Senado de la República tomara una decisión al respecto.
Foto: El Tiempo.com